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La Comisión de Economía e Inteligencia Financiera del Congreso de la República aprobó el 21 de junio pasado un dictamen que establece el Sistema Nacional de Proyectos de Inversión Pública en lugar del hasta ahora existente Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). Lo central del dictamen es que establece que el nuevo SNIP aprobará solamente los proyectos que se ejecuten con recursos de la cooperación internacional, mientras que para todos los demás proyectos de inversión, serán las Oficinas de Programación de Inversiones de los sectores y Organismos Públicos Descentralizados (lo que incluye a los Gobiernos Regionales y Locales) los que tendrán esta responsabilidad. En suma, para la mayor parte de las inversiones, la oficina central del nuevo Sistema tiene solamente funciones normativas y de supervisión.
La existencia y actuación del SNIP –creado apenas en el año 2000 como parte de un intento de velar por la calidad de la inversión pública en respuesta al manejo político, cuando no corrupto, de las inversiones en la década pasada- han sido materia de un permanente debate en el marco de la descentralización. De un lado, desde la perspectiva del Ministerio de Economía y Finanzas, la transferencia de recursos a Gobiernos Regionales y Locales con grandes debilidades institucionales hacía doblemente necesario mantener un ente con una capacidad inapelable de evaluación y aprobación o rechazo de los proyectos de inversión. Desde el otro lado, vistas las cosas desde fuera de Lima, el SNIP se percibía como un embudo que demoraba -cuando no paralizaba- la aprobación de proyectos considerados prioritarios en las regiones y las localidades. Se le criticaba también condicionar la aprobación de proyectos de desarrollo de capacidades a los criterios de rentabilidad de los proyectos de infraestructura y de introducir en la evaluación de los proyectos consideraciones fiscales (hay o no hay recursos) antes que técnicas.
Una primera respuesta del MEF frente a este debate fue establecer que los Gobiernos Regionales y Locales –siempre en base a los criterios y procedimientos establecidos por el Sistema- podían aprobar sus proyectos siempre y cuando éstos fuesen de hasta 4 millones de soles (o hasta 6 millones en el caso de proyectos de energía y transporte terrestre) en el caso de las regiones y de 750 mil soles en el caso de las localidades. En este marco, actualmente los gobiernos regionales dan viabilidad a más del 80% de sus proyectos.
El dictamen reciente aprobado en la CEIF da un paso mas en la misma dirección, extendiendo esta consideración a todos los proyectos, excepto aquellos que se financian con recursos de endeudamiento, lo que constituye seguramente una condicionalidad puesta por los organismos multilaterales para asegurarse la continuidad del control del MEF sobre la calidad de los proyectos por ellos financiados. Lo que propone esta norma es que sean los propios sectores nacionales y los organismos públicos descentralizados (entre ellos los GR y los GL los que formulen y aprueben sus proyectos, con lo cual se regresa –sostienen los críticos a la medida- a una situación en la que estas entidades son juez y parte, sin que nadie garantice que no se aprueben proyectos inviables por presión política de la autoridad sectorial, regional o local.
Esta decisión del Congreso tiene lugar luego de que el Presidente Toledo amonestase a los funcionarios medios que –con falta de sensibilidad- demoraban la aprobación de obras de gran importancia y mientras se abre un debate general en torno a la rentabilidad de la Carretera Interoceánica, obra clave en la integración vial del sur del Perú y de nuestro país con el Brasil, cuyo proyecto fue eximido de pasar por la aprobación del SNIP.
Y tiene lugar también en una coyuntura en la que los Gobiernos Regionales que promueven procesos de integración comienzan a exigir saber si los recursos que les serán asignados por descentralización fiscal serán adicionales a los que ahora ya reciben del Gobierno Central, o si los reemplazaran.
Nos parece que hay que abordar ambos temas de manera conjunta. Es decir, se trata de establecer con toda claridad como es que se distribuyen los recursos fiscales del país entre los distintos niveles de Gobierno y como es que se garantiza la calidad del gasto de esos recursos por el Gobierno Central y los Gobiernos Regionales y Locales.
Somos de la opinión que la descentralización debe transferir de manera creciente más recursos a las regiones y las localidades, y que esa transferencia debe estar acompañada de mecanismos que aseguren la honestidad y la solvencia técnica (viabilidad social y económica de los proyectos) en la gestión de esos recursos. Consideramos también que sí deben existir criterios exigentes y de aplicación universal para la evaluación de los proyectos de inversión, pero que deben de establecerse también criterios específicos para la aprobación de proyectos diferentes a los convencionales, como los de desarrollo de capacidades. En todos los casos, parece necesario generar en las regiones y localidades (o mancomunidades de localidades) mayores capacidades técnicas para la formulación y evaluación de proyectos y en la sede central del nuevo sistema mayores capacidades de seguimiento y supervisión.
Finalmente, consideramos que para evitar que las consideraciones de caja influyan en las decisiones sobre la viabilidad técnica de los proyectos, esta función podría estar en el Centro de Planeamiento Estratégico (entendido este como un sistema descentralizado y cono como un nuevo Instituto Nacional de Planificación) y no en el MEF.
Son aportes en la búsqueda de cómo avanzar en la descentralización fiscal asegurando criterios y mecanismos para asegurar la calidad del gasto público a todo nivel.
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